Ley Bases y ambiente: Extractivismo y menos derechos

¿Cómo puede impactar en el ambiente el nuevo proyecto de Ley Bases que aprobó Diputados esta semana? ¿Cuáles son los riesgos que se enfrentarán si el Senado lo convierte en ley? Sobre estos aspectos advierte un reciente informe difundido por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, que alerta por los beneficios previstos para empresas extractivas y la eliminación de fondos para el sector.

Por Vanina Lombardi  
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Agencia TSS – El nuevo proyecto de ley “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, presentado por el Gobierno nacional, que recibió media sanción en Diputados esta semana, no incluye de manera explícita un capítulo referido a cuestiones ambientales, tal como lo hacía el proyecto anterior. Sin embargo, un informe elaborado por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) advierte que los beneficios previstos para empresas extractivas y la posible eliminación de fondos para políticas ambientales, incluidos en algunos capítulos y artículos del nuevo texto, afectarán derechos vinculados al cuidado del ambiente, el acceso a la energía, la protección de los bosques y el manejo del fuego, entre otros.

“La Ley Ómnibus ataca derechos colectivos, entre los que se encuentran los socio ambientales. Y si nos remitimos a esto último, vemos que el espíritu general es otorgarle una serie de privilegios a un pequeño grupo de empresas extractivas mientras se le quitan derechos a la mayoría de la población”, afirma Ariel Slipak, coordinador del Área de investigación de FARN, y ejemplifica: “El artículo 3 faculta al Poder Ejecutivo a intervenir sobre distintos organismos, entre los que se encuentran la Administración de Parques Nacionales y el CONICET, y todo eso tiene implicancias ambientales”, al igual que sobre el sistema científico y tecnológico nacional.

Entre los puntos relevantes que pueden afectar derechos socioambientales, se refiere a la posibilidad de sustituir las audiencias públicas, la creación de un régimen de privilegios en materia tributaria, cambiaria y aduanera (como el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones-RIGI), modificaciones en la Ley de Hidrocarburos y la posible cancelación de fondos para políticas ambientales, como la protección de los bosques nativos y el manejo del fuego.

“Hay una campaña fuerte en los medios, de desprestigiar a los fondos fiduciarios y mostrarlos como cajas espurias, pero entre ellos se encuentran el Fondo Fiduciario para la Protección Ambiental de los Bosques Nativos y el Fondo Nacional del Manejo del Fuego. Esto es muy grave porque puede desfinanciar la política ambiental”, advierte Slipak.

Sobre este último punto, el artículo 5 del proyecto de ley faculta al Poder Ejecutivo a modificar, transformar, unificar, disolver, liquidar o cancelar los fondos fiduciarios públicos: “Hay una campaña fuerte en los medios, de desprestigiar a los fondos fiduciarios y mostrarlos como cajas espurias, pero entre ellos se encuentran el Fondo Fiduciario para la Protección Ambiental de los Bosques Nativos y el Fondo Nacional del Manejo del Fuego. Esto es muy grave porque puede desfinanciar la política ambiental”, advierte Slipak y recuerda que el Gobierno “está muy lejos” de cumplir con la Ley de Bosques, ya que a pesar de que esta establece que el Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos debería recibir el 0,3% del Presupuesto Nacional, a marzo de 2024 tiene programado un presupuesto 18 veces menor. Entre los fondos fiduciarios que podrían verse afectados por el artículo 5 del proyecto de ley, también se encuentran que fomentan la expansión y el acceso a fuentes de energía renovable.

El documento de FARN también advierte que el proyecto de Ley Bases reduce los espacios de participación ciudadana, delega funciones legislativas en materia de gestión ambiental de hidrocarburos y otorga privilegios a las industrias extractivas, a través de políticas de fomento económico sin mirada social ni ambiental. Por ejemplo, el capítulo 3 del proyecto de ley propone modificar la Ley de Procedimiento Administrativo (Ley 19.549), entre los que se encuentran las audiencias públicas, que podría ser complementado o sustituido por el mecanismo de consulta pública o el que resulte más idóneo, técnica o jurídicamente. De ese modo, aumenta las facultades discrecionales de las autoridades, que tendrán la potestad de sustituir las audiencias públicas, que para el derecho ambiental constituyen la manera más eficiente de garantizar la participación ciudadana para el ejercicio del derecho-deber constitucional a un ambiente sano y sustentable. “Esto va en detrimento de la participación popular, de la democracia y de que los proyectos realmente sean discutidos”, cuestiona Slipak.

Otro aspecto a tener en cuenta es que, de los 232 artículos que tiene el nuevo proyecto de Ley Ómnibus, 51 son modificaciones, derogaciones o nuevos artículos de la Ley de Hidrocarburos N° 17.319, que apuntan a liberar las exportaciones y quitar atribuciones de intervención por parte del Estado Nacional en el mercado, para fijar precios y garantizar el abastecimiento energético interno. Además, tienden a flexibilizar y agilizar el acceso de las firmas a nuevas concesiones, reduce los controles y la fiscalización estatal y fija plazos de concesión de 30 años para yacimientos no convencionales y de 35 para las plataformas offshore, lo que contradice los compromisos climáticos asumidos por Argentina al ratificar el Acuerdo de París (Ley 27.270).

De los 232 artículos que tiene el nuevo proyecto de Ley Ómnibus, 51 son modificaciones, derogaciones o nuevos artículos de la Ley de Hidrocarburos N° 17.319, que apuntan a liberar las exportaciones y quitar atribuciones de intervención por parte del Estado Nacional en el mercado, para fijar precios y garantizar el abastecimiento energético interno.

“Las modificaciones que se hacen sobre la Ley de Hidrocarburos van a generar más pobreza energética en la Argentina, no solamente por la falta de acceso sino también porque el acceso será muy caro”, advierte Slipak y explica que se considera que una familia padece pobreza energética cuando debe gastar más de un 10% de sus ingresos para acceder a la energía, independientemente de la calidad, la fuente y el tipo de energía del que se trate.

En contraposición, el documento de FARN advierte sobre los privilegios que recibirían los sectores extractivos. El RIGI, propuesto en el artículo 161 del proyecto de ley, que busca atraer inversiones de más de 200 millones de dólares con fines de exportación, otorgaría una serie de beneficios aduaneros, tributarios, cambiarios y regulatorios que profundizarían la matriz económica extractiva que durante las últimas décadas ha potenciado la degradación del ambiente e incrementado la conflictividad en los distintos territorios en los que se desarrollan este tipo de actividades.

“Ninguno de los artículos específicos del RIGI en la nueva Ley Ómnibus impone condiciones a las empresas beneficiarias que impliquen la presentación de estudios de impacto ambiental ni la realización de evaluaciones de impactos ccumulativos de sus proyectos. Tampoco establece condicionamientos a la generación de puestos de trabajo a escala local, provincial o nacional, ni se explicita ningún tipo de política de escalamiento en cadenas de valor o transferencia de tecnología”, detalla el informe de FARN.

“Por todo esto decimos que, a pesar de que no haya un capítulo puntual sobre ambiente, en realidad, a lo largo de todos estos capítulos se atenta o se avanza contra derechos ambientales”, sintetiza Slipak. Y concluye: “La sociedad civil debería hacer un intento para que este proyecto sea rechazado, porque genera un régimen de privilegios para grandes empresas, extractivas en particular, y le quita derechos a la gente”.

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