Comunidades indígenas: La ley postergada

En medio de conflictos en diversas provincias, la Ley de Emergencia de relevamiento territorial de comunidades indígenas está próxima a perder vigencia, lo que pone en riesgo a estas poblaciones a lo largo de todo el país. Si no es prorrogada nuevamente antes del 23 de noviembre, podrían comenzar a producirse desalojos en los territorios.

Por Vanina Lombardi  
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Agencia TSS – Al sur del país, algunas comunidades mapuches están siendo protagonistas de conflictos que han cobrado notoriedad en estos días, mientras que en provincias del norte, los atropellos a pobladores indígenas se repiten, aunque pasen desapercibidos y prácticamente en absoluto silencio mediático. Mientras tanto, la Ley de Emergencia en de relevamiento territorial de comunidades indígenas (26.160) está a punto de perder vigencia. Si el Congreso no se reúne para sancionar una cuarta prórroga de esta normativa, luego del 23 de noviembre podrían comenzar a producirse desalojos en los territorios, lo que provocaría daños irreversibles en los pueblos originarios, ya que la vida y el desarrollo de su cultura está directamente ligado a los lugares en los que habitan.

Esta ley, que hasta el momento ha sido aprobada en una comisión en la Cámara de Senadores, busca dar respuesta a la situación de emergencia territorial de las comunidades indígenas que habitan en la Argentina, en consonancia con la Constitución Nacional y en cumplimiento parcial del Convenio 169 de la OIT: no permite los desalojos de las comunidades ni la desocupación de las tierras que ocupan y ordena realizar un relevamiento técnico, jurídico y catastral de estas comunidades y de los territorios que habitan, que culmina con la entrega de una carpeta técnica a cada Comunidad.

Ese registro incluye un relevamiento histórico y antropológico que dé cuenta del uso y la extensión que se hace de los territorios, vinculado a su uso a lo largo del tiempo. “En algunos casos, las comunidades hoy tienen el 8 o 10% de lo que tenían históricamente, algunas tenían 100.000 hectáreas y ahora tienen 4.000”, dice el antropólogo Sebastián Valverde, que desde el 2007 se desempeña como perito en causas contra las comunidades mapuche, en la Patagonia, y explica que esta ley busca que al menos se releve y explique la situación, que queda validada por primera vez en un documento ante el Estado nacional, que queda guardado con un número de expediente en el Instituto Nacional de Asuntos Indígena (INAI), que es el organismo a cargo de estos relevamientos.

Esta ley, que hasta el momento ha sido aprobada en una comisión en la Cámara de Senadores, busca dar respuesta a la situación de emergencia territorial de las comunidades indígenas que habitan en la Argentina.

“Esta ley permite que las comunidades salgan del nivel de ilegalidad, informalidad y falta de papeles respecto de usos que en muchos casos son previos a la conformación del Estado y la llegada de los españoles. Estuvieron siempre ahí pero lo que tienen son permisos de pastaje que se lo van pasando de generación en generación”, agrega Valverde. Al respecto, afirma que actualmente “hay un mosaico de propiedades diferentes”, ya que los papeles pueden pertenecer a privados o a diferentes niveles del Estado, y que incluso una misma comunidad puede abarcar varias jurisdicciones nacionales y provinciales, como parques nacionales, tierras usadas por el Ejército Argentino, una escuela o una iglesia.

La Ley 26.160 fue sancionada en el año 2006, con un plazo estipulado de tres años. Fue prorrogada en 2009 (Ley 26.554) por cuatro años más y luego, reiteradamente, en 2013 (Ley 26.894) y 2017 (ley 27.400). Desde entonces, apenas se ha relevado el 42% de las comunidades que habitan en el país, mientras que el resto todavía debe ser relevado, según detalla un documento elaborado por el Equipo Nacional De Pastoral Aborigen (ENDEPA).

“En medio de todo este proceso, por momentos también hubo falta de transparencia del manejo de los fondos por parte del INAI”, advierte Franco Aguilar, abogado de Endepa y coordinador del NOA de la Asociación de Abogados de Derecho Indígena, y afirma que el hecho de que más de las mitad de las comunidades todavía no hayan sido relevadas implica que políticamente no existió voluntad de hacerlo. “Inclusive, han pasado diversos gobiernos pero ninguno le ha terminado de dar el impulso necesario para garantizar efectivamente estos derechos, a pesar de que existe un gran bagaje jurídico, legal y constitucional”, cuestiona el letrado.

Valverde, que desarrolla sus tareas de investigación en el Instituto de Ciencias Antropológicas (ICA) de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires (FFyL-UBA), adonde es parte del Consejo Interno de Dirección, advierte que también hay que tener en cuenta que en los últimos años se incrementaron las comunidades registradas, ya que cuando se sancionó la legislación había menos de mil y ahora contabilizan 1.756 comunidades registradas en todo el país, de las cuales 703 ya han sido completamente relevadas, con resolución administrativa, mientras que hay otras 360 que ya han iniciado el trámite.

Los especialistas también destacan la necesidad de que la prórroga sea acompañada por un presupuesto acorde. “Cada vez más, y con más razón, los diputados preguntan qué pasa con esta ley, y la respuesta es la falta de presupuesto, porque sin eso es una ley vacía, ya que para avanzar en los relevamientos en cada comunidad es necesario ir hasta lugares que muchas veces están en zonas de muy difícil acceso, trabajar con la gente, hacer mapeos, talleres y devoluciones a las poblaciones”, detalla Valverde.

Además, para llevar adelante los relevamientos –que que aplican para las comunidades reconocidas por el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (Re.Na.C.I.) y por los registros provinciales– es necesario que se firmen convenios nacionales con las provincias, que muchas veces también oponen resistencias. Al respecto, el documento elaborado por ENDEPA detalla que, hasta julio de 2021, se encontraban vigentes convenios para llevar adelante estos relevamientos con solo cinco provincias (Salta, Misiones, Jujuy, Chaco y Santa Fe), por un monto convenido de más de 96 millones de pesos, de los cuales se habían transferido poco más de 64 millones de pesos.

Durante las manifestaciones desarrolladas la semana pasada en conmemoración del día por la diversidad cultural, diversas organizaciones de la sociedad civil y representantes de comunidades reiteraron su rechazo a estas inequidades y desconocimiento de derechos y se reunieron con diputados para avanzar en la cuarta prórroga de la Ley 26.160.

Por su parte, el abogado German Zuñiga, de ENDEPA, considera que “el gran desafío” de una nueva prórroga tiene que ver con establecer plazos en base a principios de racionalidad que permitan una ejecución concreta y definitiva de los territorios, porque si bien mantiene la prohibición de desalojo, si no se termina con los trabajos de campo tampoco está delimitado el lugar que no se puede desalojar. “Los territorios están todo el tiempo en emergencia y en una situación de alerta, ya que repentinamente personas ajenas a las comunidades alambran tierras o ingresan empresas en ellas”, subraya.

Propiedad comunitaria

Si bien una nueva prórroga de la Ley 26.160 es necesaria para impedir los desalojos y reconocer la posesión actual, tradicional y pública de los territorios de los pueblos originarios, esta no resuelve el problema de fondo, sino que constituye el primer paso de reconocimiento estatal para poder aplicar una futura ley de propiedad comunitaria indígena, que sea la solución definitiva a la titularización de los territorios.

Sobre este tema, Aguilar explica que, si bien la propiedad y posesión indígenas están reconocidas, el sistema argentino legal no prevé la forma en que la comunidad indígena pueda obtener el título caratular, es decir la escritura o el título de reconocimiento de esa propiedad. Por eso, existe una gran variedad de opciones mediante las cuales pueden hacerlo, ya sea a través de leyes de expropiación, donaciones y hasta juicios para obtener el reconocimiento.

“Es necesario tener una ley de propiedad comunitaria indígena que rija y disponga los requisitos necesarios, que contenga todo lo ya reconocido por la Constitución Nacional y establezca normas claras para evitar que la comunidad desgaste sus recursos en buscar las vías para obtener resultados favorables. A diferencia de un simple particular de una propiedad privada, la comunidad tiene que atravesar muchas cosas para poder acceder a estos títulos, lo que denota desigualdad”, dice Aguilar.

En este sentido, el especialista advierte que, a lo largo del país, casi todas las comunidades tienen un riesgo similar, ya que ninguna provincia ha promovido el reconocimiento de la propiedad comunitaria indígena, a lo que se suma que tampoco se promueve el respeto de los territorios y la consulta previa, libre e informada, que también están previstas en la legislación nacional.

Además, Zuñiga también advierte sobre una falta de políticas públicas indígenas con lógica indígena; es decir, considerándolas como algo que genera vida y que hay que sostenerlo como un bien común y no como un recurso a explotar. “Hasta no hace mucho, el organismo indígena dentro del Estado nacional dependía de desarrollo social, lo que indica que la mirada sobre estos pueblos es asistencialista, cuando en realidad la cuestión indígena se resuelve con acciones concretas que resuelvan problemas”, explica el especialista, que representa a seis comunidades en Neuquén y asesora a otras de esa misma provincia. “La falta de política pública indígena tampoco es inocente; sin ellas, el territorio en algún momento será inhóspito y la población se va a tener que ir, lo que le permite al Estado ponderar la cantidad de territorio desde el punto numérico de las personas que lo habitan, sin resolver el problema de fondo”, subraya.

Por todo esto, durante las manifestaciones desarrolladas la semana pasada en conmemoración del día por la diversidad cultural, organizaciones de la sociedad civil y representantes de comunidades reiteraron su rechazo a estas inequidades y desconocimiento de derechos y se reunieron con diputados para avanzar en la cuarta prórroga de la Ley 26.160.

“Hay una emergencia latente en el derecho indígena que se advierte a plena vista, y aunque no todo es publicado, hay noticias en los medios como la muerte de niños wichi, la represión al pueblo mapuche y la falta de consulta donde se quiere intervenir con proyectos extractivos en las comunidades. Esto se acentúa en zonas donde hay altos índices de pobreza y analfabetización, y una falta total del cumplimiento de la educación bilingüe intercultural. Es decir, hay diversos factores que afectan la situación, que podrá ser mayor o menor en diferentes provincias, pero hay una emergencia igual y constante en la falta de reconocimiento y de derechos de estos pueblos”, concluye Aguilar.

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